Cómo reclamar los defectos de construcción

Cómo reclamar los defectos de construcción

En ocasiones, cuando se compra una vivienda nueva se pueden llegar a descubrir algunos defectos ce construcción y para solucionarlo se debe contar con la ayuda de un bufete de abogados reclamación vivienda Madrid que estén especializados en esta materia.

Comencemos diciendo que en el artículo 17 de la Ley de Ordenación de la Edificación, serán el promotor, arquitecto, aparejador y constructor, quienes deben responder ante una reclamación por los defectos de obra que encontremos en una vivienda nueva.

En el plazo de un año máximo tendrán que responder de los defectos de acabado y en el plazo de tres años de los defectos que puedan provocar el incumplimiento de los diferentes requisitos de habitabilidad, seguridad y funcionalidad.

Asimismo será durante diez años donde tendrán que responder de los daños materiales provocados a la construcción y que afecten directamente a los forjados, vigas y diferentes elementos de la estructura que puedan comprometer a la estabilidad y resistencia del inmueble.

<h2>¿Qué trámites hay que realizar para reclamar defectos de construcción?</h2>

Cuando se detecta un daño de acabado estructural o de estabilidad, la Ley 38/1999 de Ordenación de Edificios, hay un plazo de dos años para interponer la demanda si no se consigue solucionar de forma amistosa el desperfecto, comenzando el plazo de garantía desde que la obra se entrega al promotor.

Todas las reclamaciones deben hacerse por escrito y hay que encuadrar los desperfectos o vicios detectados con lo que se determinarán plazos de prescripciones y garantías. Se recomienda acudir a un abogado especializado para que presente una reclamación vía burofax al promotor o responsables y se inicie un proceso negociador.

Finalmente, es necesario contar con la ayuda de un profesional independiente y cualificado que elabore un informe pericial donde se refleje el desperfecto así como causas y responsables.